Atentado de Londres y los derechos de sangre

Dos heridos en el atentado son atendidos por la policía de Londres. Fuente imagen: Carl Court/Getty

Seguir la actualidad informativa de un atentado terrorista en Europa resulta un tanto esquemática en estos últimos años. La irrupción de las redes sociales como apoyo informativo para la inmediatez de la noticia es positiva, aunque también perjudicial para analizar los hechos de manera objetiva. Al fin y al cabo, una red social es una fuente de opinión y de gustos personales. Podemos pensar en seguir únicamente la información que ofrecen las cuentas oficiales de los medios, como recurso contra la intoxicación mediática. Vale, es buena idea. Pero esos medios, igualmente, dependen de la habilidad de sus reporteros y de la fiabilidad de las fuentes que vayan consiguiendo.

En definitiva, todo parecía indicar en Londres a un acto terrorista del yihadismo porque seguía unas pautas (esquema) ya sufrido en fechas recientes en Niza y Berlín. El uso de un vehículo como arma mortífera. Una herramienta terrorista muy complicada de controlar y de desarmar. Así y todo, lo importante ahora es conmocionarse por unas horas ante la nueva barbarie y sentir afecto y solidaridad con el pueblo londinense. Después, y no menos importante, estaría el análisis de las consecuencias a medio plazo de este atentado. El que haya sido en Londres abre muchos debates, con el tema del Brexit candente, sobre la mesa, y con la decisión de secundar a Estados Unidos en políticas restrictivas al movimiento de viajeros; como la prohibición en los vuelos del uso de tablets y portátiles.

Los primeros pensamientos son del estilo: “esto es echar más leña al fuego”. Dar a los partidarios de las medidas restrictivas justificaciones de peso para ellas. No son teorías desencaminadas, aunque será siempre un debate paradójico considerando que, eso parece, el terrorista era de nacionalidad británica. ¿Entonces? Para qué las restricciones en vuelos internacionales y en asuntos migratorios. El matiz de la nacionalidad comienza a ser una de las paradojas del nuevo terrorismo internacional que nos asola. Habrá que estudiar derecho constitucional e internacional para hablar del asunto con rigor.

Formas de adquirir una nacionalidad

La nacionalidad se adquiere de diferentes maneras, según el Estado donde nazcas o residas tendrás sobre ese derecho una consideración jurídica u otra. El hecho de que Alemania haya expulsado a dos alemanes (sí, como lo leen) por su vinculación al terrorismo yihadista es muy significativo. Lo es porque los ha expulsado al país de origen de sus padres, ellos eran nacidos en Alemania. En el país de la canciller Merkel se usa como principal criterio el ius sanguinis (“derecho de sangre”). Es decir, esos expulsados tenían doble nacionalidad (aunque no quisieran esa fórmula) porque adquirieron –“por derecho obligado”- las del origen de sus padres. Este hecho hace ver que prevalecerán los interesados criterios de discriminar a las personas por su origen, para así poder aplicar con más facilidad medidas de expulsión.

Pues si hiciesen lo mismo en Londres, la ciudad puede quedarse despoblada. Existen barrios enteros, de cientos de miles de personas, con ciudadanos británicos de orígenes diversos. Hindúes, pakistaníes, afganos, malasios, indonesios, chinos, árabes, latinos... El caso alemán no es anómalo, podría darse en otros lugares; el ius sanguinis es el principal derecho aplicado en la mayoría de países, sobre todo en Europa. Se suele combinar con los ius solis e ius domicili, que son los “derechos de nacimiento-suelo” y “derechos de residencia”, respectivamente. Es el caso de España, por ejemplo. Pero en el caso británico la cosa tiene miga.

En el Reino Unido existía (y sigue vigente en algún caso) la figura del súbdito británico. Su historia como gran imperio hacía a los nacidos en esos dominios súbditos de su Majestad. Una figura similar a la ciudadanía pero más “histórica”. A partir de 1945, el término súbdito del Reino Unido se transformaría en ciudadano británico. Esos súbditos podían adquirir la nacionalidad/ciudadanía británica residiendo una media entre 3 y 5 años dentro del Estado británico. Es decir, cualquier antiguo súbdito del imperio podía conseguir, con facilidad, la nacionalidad británica.

Así que la emigración naturalizada es algo muy común y normalizado en Gran Bretaña. Que el terrorista sea británico de orígenes foráneos no es nada raro. Su derecho a esa nacionalidad europea no será el problema. La cuestión es encontrar respuestas internas, no buscar culpables externos o criminalizar fenómenos tan legítimos como la emigración. ¿Por qué nacionales europeos se convierten en yihadistas?



Gustavo Adolfo Ordoño ©

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