El asunto de las dos balas

Armería bien suministrada

Según denuncia Amnistía Internacional, la industria armamentística internacional produce dos balas por cada habitante que hay en el mundo; el dato más alarmante, relacionado con esta denuncia, nos habla de los mil quinientos muertos que se producen al día a causa del uso de armas. Las organizaciones humanitarias manejan cifras anuales que rondan el medio millón de fallecidos por arma convencional. Sin embargo, en la lógica de la ley de la oferta y la demanda esta cifra no es comparable con los cerca de sesenta mil millones de dólares que mueve el comercio de armas en todo el mundo. Ante esta situación dramática, como llegó a afirmar el ex – presidente de Costa Rica Óscar Arias, “Los líderes mundiales deben aceptar el hecho de que no podemos permitir que el libre mercado rija el comercio internacional de las armas” (citado en el sitio Web de la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas).

Parece mentira que el último intento a nivel internacional para regular el comercio de armas tuviese lugar en los años treinta del siglo XX, cuando la Sociedad de Naciones, nacida al amparo de la Primera Guerra Mundial, planteó la necesidad de controlar de alguna manera este tipo de negocio sin llegar a ningún resultado concreto. Posteriormente, la ONU, como órgano heredero de los principios de la extinta Sociedad de Naciones, planteaba en el artículo 51 de su Carta fundacional el derecho de todas las naciones a disponer del armamento y material militar precisos para su defensa. Sí es verdad que llegó a redactar algunos instrumentos que trataban de regular en determinados aspectos parciales el comercio internacional de armas, aunque siempre dejando a la consideración de cada Estado miembro la conveniencia o no de la venta de armas que fuese a llevar a cabo. Toda iniciativa sobre el control del armamento ha partido mayoritariamente de la sociedad civil.

En este punto entra en juego una serie de conceptos, tan abstractos como irónicos, que son empleados habitualmente en la confusa terminología de la política internacional. En la compra – venta de armas hay que distinguir dos supuestos: su “responsabilidad” o su “irresponsabilidad”. De esta manera, cualquier gobierno realizaría una venta “irresponsable” de armas si sabe, por ejemplo, que proporcionará fusiles y munición a un segundo supuesto gobierno del que se sabe que incumple el derecho humanitario internacional o comete crímenes contra los derechos humanos. Sin entrar a considerar la falacia de esa terminología, embustes por otra parte tan habituales en el mundo de la diplomacia, todas las organizaciones cargan el peso en la necesidad de regular y legislar en torno al comercio “responsable” de tal manera que las transacciones “irresponsables” se repriman jurídicamente.

Soldado bien equipado
Este comercio, responsable o irresponsable, es el causante de las atroces cifras a las que ya nos hemos referido. Pero también habría que citar las consecuencias indirectas de la venta “irresponsable” de armamento que hace referencia a los millones de personas heridas, sometidas a algún tipo de violencia sexual o desplazadas de sus lugares de residencia mediante el empleo sistemático de este tipo de armas. Según las cifras presentadas por Amnistía Internacional, el sesenta por ciento de las transgresiones de los derechos fundamentales se relaciona con las armas. Según Francisco Yermo, responsable de apoyo humanitario de Intermón Oxfam, en una declaración recogidas por Europa Press el pasado 27 de junio de 2012, este comercio se relaciona directamente con el agravamiento de los conflictos y las violaciones de derechos humanos.

El Tratado sobre el Comercio de Armas, aprobado el 2 de abril de 2013 y en vigor a partir del 25 de diciembre de 2014, consiguió prácticamente la adhesión de todos los estados miembros de la ONU. El articulado, por tanto, debería ser vinculante e incluido en las respectivas legislaciones nacionales de los países adheridos al convenio. Como bien señalan las organizaciones implicadas, no se trata tanto de prohibir sino de regular jurídicamente esta materia del comercio. Asunto problemático debido a la complejidad de este tipo de industria, también implicada en procesos de deslocalización y globalización que afectan a sus propias estructuras productivas impidiendo la articulación de una legislación internacional coherente, como bien ha señalado Roberto García Moritán (ARI 108/2010, del 23 de junio de 2010).

Son muchas las dificultades para lograr un acuerdo en torno a una materia tan sensible. El comercio de armas genera importantes ganancias a muchos países exportadores, muchos de ellos principales potencias como EE.UU, China, Rusia o Alemania, por poner algún ejemplo, con el suficiente peso en el panorama internacional para forzar un tratado adecuado a sus intereses, o, simplemente, no aceptarlo y verse libres de su cumplimiento. Para otros países, muchos de ellos importadores en el negocio que nos trata, consideran que un acuerdo sobre la circulación comercial de armamento sería una intromisión intolerable en sus soberanías respectivas. Lo cierto, es que la adopción de un tratado de esta magnitud es un proceso complejo, compuesto de recomendaciones, informes y estudios previos, reuniones y comisiones preparatorias… demasiado largo y complejo, perdido en los laberintos burocráticos que rigen la política internacional. Mientras, mueren al día mil quinientas personas… y como nos recuerda Amnistía Internacional, cada uno tocamos a dos balas.


Luis Pérez Armiño ©

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