Navarra, Germana de Foix, Fernando el Católico, y su singularidad histórica que recoge la Constitución de 1978

Germana de Foix (1488-1536) en un retrato de época

Navarra fue el último reino peninsular en incorporarse a la Corona española y fue en 1512, tras una campaña de conquista militar de Fernando el Católico. Campaña que intentó evitar por la vía diplomática de los casamientos dinásticos, una estrategia política muy del gusto del rey aragonés, viudo de Isabel I de Castilla, pues utilizó a sus hijos para ventajosos enlaces reales, pensando siempre en el interés geoestratégico de los reinos del matrimonio. Al morir Isabel la Católica, su casamiento con Germana de Foix, noble de una dinastía francesa entroncada con la Casa Real de Navarra, no significó otra cosa que un arreglo político, igual que los establecidos con las planeadas bodas de sus cinco hijos.

El reino de Pamplona, luego conocido como reino de Navarra, siempre estuvo en el punto de mira de sus tres reinos vecinos de mayor entidad territorial: Castilla, Aragón y Francia. En realidad su historia está jalonada de numerosas uniones y anexiones, perdiendo su independencia en varias ocasiones o repartiéndose gran parte de su “natural” territorio entre estos reinos vecinos. El caso de Aragón y Castilla es el más claro, pues desde el siglo XI existen intenciones del reparto de Navarra teniendo el río Arga como línea divisoria.

Pero volvamos al siglo XVI y a Fernando el Católico, porque la realidad histórica actual de Navarra ligada al reino de España (al Estado español) comienzan con ese plan de anexión en 1512 del monarca católico. Se ha considerado un “plan personal”, formando parte de esa visión renacentista de Fernando sobre el papel del monarca como príncipe sobre los príncipes. No teniendo éxito las reclamaciones sobre el trono navarro, fundamentadas en su matrimonio con Germana de Foix (que tampoco le dio heredero, al morir el hijo esperado horas después de nacer, para la corona de Aragón) porque murió el pretendiente Gastón de Foix, hermano de Germana, sin descendencia, se inició la invasión militar de Navarra en julio de 1512.

Escudo del Reino de Navarra

En apenas seis meses –diciembre de 1512- porque desde 1486 los Reyes Católicos realizaron bloqueos y pequeñas conquistas rodeando al territorio navarro, completada la campaña de anexión, excomulgados los últimos reyes de Navarra (Juan III de Albret y Catalina de Foix), Fernando de Aragón envía un virrey castellano, Diego Fernández de Córdoba y Arellano a Pamplona y él mismo, el 12 de junio de 1513, jura respetar los Fueros, usos y costumbres del Reino ya como soberano.

Unos Fueros de un “reino asociado” respetados por la dinastía de los Austria, que heredó el legado de los Reyes Católicos, y hasta por la nueva dinastía de los Borbones en todo el siglo XVIII a pesar de venir con reformas centralizadoras de la monarquía que se llevó por delante las “autonomías” (sus usos y costumbres) de Aragón-Cataluña y Valencia (por haber luchado en el bando rival en la Guerra de Sucesión española de 1702 a 1713). Solamente, a partir de 1841, con el vuelco del liberalismo burgués hacia el conservadurismo, Navarra dejó de ser un reino –con virrey- con sus particulares fueros y pasó a ser una provincia “foral”, pero una provincia más de soberanía española.

Zumalacárregui, líder carlista en 1839

En realidad, la prerrogativa de “reino incorporado” (estado semi-autónomo), se perdió más que nada por haber sido Navarra el escenario principal de la 1ª Guerra Carlista (1833-1840). Conflicto nacional y civil que estalló en 1833 al morir Fernando VII y dar la sucesión a su hija Isabel (de tres años), en lugar de a su hermano el infante Carlos Mª Isidro. Los Carlistas para buscar apoyos en Navarra prometieron reforzar y respetar los fueros navarros “atacados” por los diferentes gobiernos liberales que los consideraban privilegios medievales que no se adecuaban a la idea “solidaria” de monarquía constitucional y centralizada.

Aún así, en la conocida como Ley Paccionada de Navarra (Ley de Modificación de Fueros de Navarra) de 1841, que le suprimía “soberanías” como el tener sus propias fronteras y su propia moneda, mantuvo importantes prerrogativas conservando amplia autonomía fiscal, administrativa y tributaria (que se extendió a los primigenios territorios vascos del antiguo reino de Pamplona con fueros –Fuero de Vizcaya, Alava...-)  Esta ha sido la base de los derechos históricos recogidos en la actual y vigente Constitución de 1978 en la disposición adicional primera y disposición transitoria cuarta.





Gustavo Adolfo Ordoño ©

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