La censura podría tener muchas definiciones según la intencionalidad que tenga. Desde la «razonable» autocensura hasta la rígida reprobación por motivos «legales». Sin embargo, en Pax Augusta queremos hacer una breve crónica de la ‘Censura a lo largo de la Historia’ como esa casi natural obsesión del poder por suprimir ideas o mensajes que pudieran menoscabar su autoridad o potestad para seguir existiendo
Quizás el primer caso de censura muy grave del que se tiene noticia sea el ocurrido en el 585 a.C. con el fabulista Esopo. El famoso autor de las universales fábulas sería acusado de sacrílego y ejecutado por ello. Luego, ya en nuestra era, el historiador romano Tácito (c.55-120 d.C.) nos contó en su obra crítica contra el Imperio (Anales e Historias) que el emperador Augusto sería el primer gobernante en perseguir por decreto la libre difusión de libros. Aquellos considerados inmorales no podrían ser copiados y no podrían circular entre los libreros para su venta. Esa censura se apicararía a través de la elaboración de un listado de obras prohibidas.
Por ejemplo, en ese listado de obras prohibidas durante la Pax Augusta que como primer emperador decretó, se daría un caso que ha pasado también a ser uno de los más significativos en esta crónica histórica de la censura. Ovidio por su obra El arte de amar (sobre el año 8 d.C.), fue desterrado a la villa de Tomis en los dominios romanos de Dacia, la actual Rumania. Para Augusto su obra Ars Amatoria fue considerada inmoral y muy contraria a las reformas que buscaban promover el matrimonio tradicional.
Sin duda, el hecho de que estos libros fueran retirados de las bibliotecas públicas al estar en la Lista Prohibida del decreto imperial, constituye uno de los primeros grandes casos de censura literaria de la historia. Aunque, también, supondría una de las primeras paradojas de la censura que la definen como fenómeno social dinámico en la historia. Al final, las obras censuradas o prohibidas eran las más buscadas y leídas por las personas que buscaban, precisamente, reaccionar (rebelión) contra esas prohibiciones del poder.
El control religioso convertido en censura eclesiástica y arma política
Para seguir teniendo el monopolio y control de la verdad, hicieron algo parecido a lo hecho por el emperador Augusto en el siglo I creando un «listado de obras prohibidas»: el Index Librorum Prohibitorum. Se trataba de una lista de libros censurados (un índice) por su contenido herético o ideológico. El primer Índice se creó en 1559, luego se iría actualizando llegando en cierta forma (control del Santo Oficio) hasta la cercana fecha de 1966. Fue la Santa Inquisición quien se ocupó principalmente de ejercer y hacer cumplir esa férrea censura, incluyendo en esas listas negras obras como las de Copérnico, Kepler y Galileo acusadas de contradecir la doctrina eclesiástica.
El siglo XVIII de las Luces, la Ilustración, tampoco se libra de la censura
Parecía que los tiempos inquisitoriales se acabarían en el siglo de la razón, el XVIII; la libertad y la dignidad del individuo, los derechos civiles que se adquirían con el Contrato Social, pasarían al protagonismo social y político. Los poderes ahora debían ser garantía del reconocimiento y la protección de estos. En Europa, Suecia fue el primer país en introducir una ley garantizando la libertad de prensa, en 1766. Unas pocas décadas después, en 1787, se redacta la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos de América, donde se garantiza la libertad de prensa y de expresión. En Europa de nuevo, ahora en 1789, fue la Asamblea Nacional de Francia quien expresó que «la libre comunicación del pensamiento y de la opinión es unos de los más preciados derechos del hombre...»
De esta manera, ahora es la antagonista de la censura, la libertad de expresión, quien tomaría el protagonismo de esta crónica. Pero no nos engañemos, aunque no tan dogmatizada e institucionalizada como en tiempos pasados, la censura pervive también en las centurias de la razón y de las revoluciones sociales. Se hará más sutil y menos rígida, teniendo una faceta de salvaguarda de otros valores convivientes con los derechos fundamentales. Por ejemplo, en algunos estados del medio centro de EEUU, las bibliotecas públicas en este siglo XXI dejan de adquirir ciertos libros de literatura infantil que por sus temáticas (libertad de género, feminismo) puedan incomodar al ciudadano conservador y religioso.
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| Recreación por IA (Gemini) de una oficina con un censor trabajando en la España de 1957 |
La censura y los regímenes autoritarios
Hasta bien entrado el siglo XX se ha pensado que la censura era algo que ocurría solamente bajo sistemas totalitarios y nunca en las democracias. En las sociedades desarrolladas esta idea venía sobre todo por considerar existir una evidente diferencia entre la censura y el control (autocensura) de la libre expresión. Así, siguiendo este argumento se crea la idea o creencia de que la censura acompaña al extremismo, que solamente los «extremistas» la practican y que las «personas razonables» (demócratas) no la utilizan. La historia reciente nos demuestra que no es así, democracias de primer orden como Estados Unidos tras los atentados del 11-S decretaron prerrogativas severas para censurar informaciones que denunciaban el recurso a la tortura en Guantánamo y Abu Ghraib; censuras que todavía hoy no permiten saber toda la verdad de lo allí ocurrido.
No obstante, si es cierto que el siglo XX se caracterizó en su primera mitad por la proliferación de regímenes autoritarios (auge del fascismo y el comunismo) que poseían una estructura de control de la opinión pública basada en la censura política e ideológica severa. También el hito más determinante del siglo, la Segunda Guerra Mundial, extiende la práctica de la censura de una manera generalizada (global), de los medios de comunicación y hasta del correo, a todos los países implicados; incluyendo las democracias liberales de los Aliados. La censura es un arma más usada en el conflicto. En España se darían todos esos ejemplos de censura como herramienta de control social, con la particularidad de ocurrir en una Guerra Civil y la consiguiente dictadura que generó hasta 1975, perdurando la censura «preventiva» institucional hasta los primeros años de la democracia (1980).
Otro caso de aplicación de la censura institucional
fue el de la extinta Unión Soviética
y sus países satélites durante la Guerra Fría. Resultó un sistema
punitivo de censura previa basado en la responsabilidad legal. El Estado soviético
lo procesaba a través de un organismo encargado de centralizar toda esa rígida
censura. Era el Glavlit, que tenía un poder absoluto para
prohibir la creación y difusión de obras artísticas y literarias que sirviesen
de ejemplos de disidencia política. La Rusia actual no tiene ese órgano
censor tan evidente, pero sus ministerios interiores realizan una tarea de censura
en temas como la Guerra de Ucrania, que nada deben envidiar del Glavlit.
Sería tras la invasión de Ucrania en 2022 y el fracaso de su objetivo inicial de tomar Kiev, que enseguida se aprobaron leyes de censura tan graves como el castigar con hasta 15 años de prisión por usar palabra «guerra» o cualquier información ambigua sobre el papel del Ejército en lo que Moscú considera una «Operación de Intervención Patria Especial». Se bloquearon redes sociales de origen occidental (Facebook, Instagram) y se cerraron los medios independientes principales.
Por otro lado, entrando en esa comentada paradoja del «control de la libertad información» (censura), en la Unión Europea se prohibieron las emisiones de medios estatales rusos como RT y Sputnik, argumentando que son herramientas de propaganda y desinformación. Estas medidas siempre generan en las sociedades democráticas un incómodo e intenso debate sobre si combatir la propaganda empleando el «recurso de la censura» no es una contradicción grave que cuestiona los propios valores democráticos.



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